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Le ofrecemos ventajas exclusivas
¡Sin copagos, sin carencias y sin preexistencias!
No será necesario cumplimentar cuestionario de salud.
Modalidad Completa (hospitalización, intervención quirúrgica, pruebas diagnósticas, especialistas, urgencias, etc... )
La ley de IRPF en su art. 46 establece para la compra del seguro de salud la siguiente ventaja fiscal: hasta un coste anual de 500 euros por cada persona asegurada (empleado, cónyuge e hijo), el pago de las primas realizadas por la empresa está exenta de tributación en IRPF por el empleado.